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Los impuestos que bajo el Gobierno: que es cierto, que se redujo y que norma lo habilito

Los impuestos que bajo el Gobierno: que es cierto, que se redujo y que norma lo habilito

Impuesto PAIS, ITI, percepciones al dólar, courier USD 400, electrónica, autos e importaciones. Fechas y decretos.

¿Qué bajó de verdad y con qué norma?


Impuestos eliminados, otros reducidos y un capítulo aparte sobre retenciones. En La Fragata lo ordenamos como corresponde: hechos, fechas, decretos y el detalle técnico que suele quedar fuera del titular.


1) Impuesto PAIS: Se terminó, pero no por magia


El Impuesto PAIS se dejó de cobrar al finalizar su vigencia legal. En la práctica, desde el 23/12/2024 ya no se aplica para operaciones alcanzadas, porque el tributo tenía un plazo definido en su norma de origen.


Ahora bien: durante 2024 también hubo ajustes de alícuotas para ciertos pagos vinculados al comercio exterior. Un ejemplo claro es el Decreto 777/2024, que redujo la alícuota del Impuesto PAIS para determinados pagos de importaciones y servicios asociados (como fletes) y fijó una alícuota del 7,5% para casos específicos, con publicación el 02/09/2024.


  • Clave para entenderlo: El fin del Impuesto PAIS responde al vencimiento de su marco legal, mientras que los decretos de 2024 ajustaron alícuotas y alcances en tramos previos.
  • Norma citada: Decreto 777/2024 (publicado en Boletín Oficial el 02/09/2024).


2) ITI (Impuesto a la Transferencia de Inmuebles): eliminado por ley


Eliminación del ITI. Este punto es esencial: no fue un decreto, fue una derogación por ley en el paquete fiscal de 2024.


  • Norma: Ley 27.743 (paquete fiscal), publicada en julio de 2024.
  • Impacto: El ITI deja de ser un costo adicional en ciertas operaciones de transferencia, lo que ayuda a descomprimir un mercado inmobiliario que venía con sobrecarga tributaria y regulatoria.


3) La percepción del 30% sobre el dólar: se levantó para compra de moneda extranjera


Eliminación de la percepción del 30% a cuenta de Bienes Personales sobre dólar. Esto quedó plasmado en una norma concreta: la Resolución General 5672/2025 de ARCA, publicada el 14/04/2025, que modificó el régimen de percepciones (vinculado a Ganancias y Bienes Personales) para la compra de moneda extranjera.


  • Norma: Resolución General 5672/2025 (ARCA) (Boletín Oficial 14/04/2025).
  • Qué cambia en la calle: Para el contribuyente, la compra de divisas deja de acumular ese anticipo que después era un viacrucis para devolver o computar.


4) Courier: los primeros USD 400, sin derecho de importación ni tasa de estadística.


Este es uno de los puntos más precisos y tiene norma con nombre y apellido. El Decreto 1065/2024 (firmado el 30/11/2024, publicado el 02/12/2024) estableció una franquicia para envíos courier sin finalidad comercial:


  • Hasta USD 400 FOB por envío: desgravado del derecho de importación y exento de tasa de estadística.
  • Hasta 5 envíos por año y por persona.
  • Sin finalidad comercial.
  • Regla de oro: Si se excede el valor o el cupo, el excedente no goza del beneficio.


Luego, la autoridad aduanera debe dictar normas complementarias para la operativa (el decreto la instruye expresamente).


5) Electrónica: baja de impuestos internos y cambios arancelarios (celulares y consolas)


Decreto 333/2025, publicado el 20/05/2025. Teléfonos, hay tres ejes:


5.1 Impuestos internos: del 19% al 9,5% (y 0% en Tierra del Fuego bajo condiciones)


El decreto establece en 9,5% la tasa para posiciones arancelarias que incluyen, entre otras, aires acondicionados, teléfonos y televisores/monitores. Y cuando son fabricados por empresas del régimen de la Ley 19.640 con origen acreditado en el Área Aduanera Especial, fija 0%.


5.2 Consolas: del 35% al 20%


El mismo decreto elimina la posición de videoconsolas del listado que tributaba 35% y dispone que pasen a tributar al nivel del Arancel Externo Común, indicado como 20%.


5.3 Celulares: baja escalonada hacia 0%


El decreto fija una alícuota del 8% para ciertos teléfonos a partir de su entrada en vigencia, y establece 0% a partir del 15/01/2026.


  • Norma: Decreto 333/2025 (Boletín Oficial 20/05/2025).
  • Dato fino: El decreto fija vigencias y plazos, no es un anuncio: está escrito en su articulado.


6) Textil, calzado, telas e hilados: baja de aranceles (vuelta a niveles previos a 2007)


Acá el respaldo normativo es el Decreto 236/2025, publicado el 31/03/2025. El Gobierno informó que la medida llevó:


  • Ropa y calzado: del 35% al 20%.
  • Telas: del 26% al 18%.
  • Hilados: del 18% a rangos de 12%, 14% y 16% según tipo.


La discusión de fondo es ideológica y económica: menos protección artificial y más competencia. Que el consumidor deje de financiar privilegios vía arancel escondido.


7) Bienes de capital y maquinaria: aranceles a 12,6% para un grupo de productos


El respaldo aparece en el Decreto 513/2025 (Boletín Oficial 29/07/2025) y el comunicado oficial: el Gobierno informó una reducción a 12,6% en los aranceles de 29 bienes de capital que antes tributaban entre 20% y 35%.


  • Norma: Decreto 513/2025 (Boletín Oficial 29/07/2025).
  • Lógica económica: Si querés que baje el costo argentino, el primer martillazo es bajar impuestos sobre la inversión y la tecnología.


8) Autos de alta gama: impuestos internos suspendidos y escalas reducidas


Esto se materializó en el Decreto 50/2025 (Boletín Oficial 31/01/2025), que suspendió montos y ajustó alícuotas del impuesto interno sobre vehículos, embarcaciones y aeronaves, con vigencia informada hasta 30/06/2027 en análisis técnicos y cuadros oficiales.


  • Norma: Decreto 50/2025 (Boletín Oficial 31/01/2025).
  • Antecedente: Decreto 84/2024 (Boletín Oficial 25/01/2024) ya había actualizado bases imponibles y vigencias transitorias para el esquema.



—Pensando y mirando al horizonte: Bajar un impuesto no significa que el Estado dejó de morder


Importante: Varias de estas medidas alivian un componente (arancel, impuesto interno, percepción), pero siguen existiendo otros costos: IVA, logística, ingresos brutos provinciales, tasas municipales, y la propia inestabilidad regulatoria argentina. La libertad no se decreta: se construye quitando capas de casta tributaria.


La Fragata opina:

Este chequeo deja una conclusión incómoda para el estatismo: cuando bajas impuestos, el barco flota mejor. El consumo deja de ser rehén, la inversión respira y el mercado empieza a ordenar precios sin tanta distorsión. Falta mucho, pero cada rebaja concreta es un cabo menos atado al muelle de la decadencia, que Argentina ha vivido en las últimas décadas.


Fuentes :

Boletín Oficial - Decreto 333/2025 | Boletín Oficial - Decreto 1065/2024 | Boletín Oficial - RG 5672/2025 (ARCA) | Boletín Oficial - Decreto 236/2025 | Boletín Oficial - Decreto 513/2025 | Boletín Oficial - Decreto 50/2025 | Boletín Oficial - Decreto 777/2024 | Argentina.gob.ar - Baja de aranceles textiles | Argentina.gob.ar - Baja de aranceles bienes de capital